Este lunes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la ley que quita pensión a ex presidentes y que impide que algún funcionario gane más que el presidente.
La Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos señala que “todo servidor público puede recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, proporcional a sus responsabilidades”.
[otw_shortcode_quote css_class=”croja”]Ningún servidor público recibe una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación”, señala el DOF.[/otw_shortcode_quote]
En el caso de las remuneraciones, estarán sujetas a los principios rectores, sin que rebasen el salario del presidente:
- Anualidad: La remuneración es determinada para cada ejercicio fiscal y los sueldos y salarios no se disminuyen durante el mismo;
- Reconocimiento del desempeño: La remuneración reconoce el cumplimiento eficaz de las obligaciones inherentes al puesto y el logro de resultados sobresalientes;
- Equidad: La remuneración es proporcional a la responsabilidad del puesto;
- Fiscalización: La remuneración es objeto de vigilancia, control y revisión por las autoridades competentes;
- Igualdad: La remuneración compensa en igualdad de condiciones a puestos iguales en funciones, responsabilidad, jornada laboral y condición de eficiencia, sin perjuicio de los derechos adquiridos;
- Legalidad: La remuneración es irrenunciable y se ajusta estrictamente a las disposiciones de la Constitución, esta Ley, el Presupuesto de Egresos, los tabuladores y el manual de remuneraciones correspondiente, y
- Transparencia y rendición de cuentas: La remuneración es pública y toda autoridad está obligada a informar y a rendir cuentas con veracidad y oportunidad, privilegiando el principio de máxima publicidad.
- [otw_shortcode_quote css_class=”croja”]No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo”, señala además el DOF sobre las pensiones a los ex presidentes.[/otw_shortcode_quote]