Ciudad Victoria, Tamaulipas a 20 de noviembre de 2025
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Corte multa a Salinas Pliego y despeja camino para resolver amparo contra la UIF

Por unanimidad de ocho votos, el Pleno de la Corte desechó un recurso de impedimento presentado por el empresario contra la ministra Yasmín Esquivel Mossa

CIUDAD DE MÉXICO.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despejó este miércoles el camino para resolver un amparo de Ricardo Salinas Pliego contra la solicitud que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) hizo a bancos y casas de bolsa para obtener su información patrimonial, un juicio pendiente en el alto tribunal desde junio de 2023.

Por unanimidad de ocho votos, el Pleno de la Corte desechó un recurso de impedimento presentado por el empresario contra la ministra Yasmín Esquivel Mossa, al considerar que las acusaciones de falta de imparcialidad se basaban en opiniones no vinculantes y no en pruebas objetivas. Además, multó con 300 unidades de medida y actualización (34 mil pesos) al promovente por dilatar la resolución del juicio; era la última de al menos seis recusaciones y recursos de reclamación impulsados por la misma empresa.

Con ello, quedó listo para resolverse el Amparo en Revisión 492/2023 -en espera de ser retornado a un ministro-, mediante el cual el empresario busca anular la solicitud que la UIF hizo en diciembre de 2021 a todas las entidades financieras y casas de bolsa para obtener su información patrimonial y la de otras 78 personas, datos que salieron a la luz en las filtraciones conocidas como Pandora Papers.

Salinas Pliego alegó que la ministra mostraba una inclinación a respaldar actos del gobierno y, por ello, podría resolver el caso de manera parcial en favor de la recaudación sin analizar a fondo la inconstitucionalidad planteada. Vinculó esa supuesta parcialidad con comentarios del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador en una conferencia mañanera de diciembre de 2022, así como con la presión mediática que, según dijo, podría influir en su criterio.

Además, afirmó que la ministra había perdido imparcialidad al expresar públicamente posiciones sobre asuntos relacionados con empresas en las que él es socio, incluyendo un amparo directo en revisión aún no discutido en sesión. Sin embargo, los señalamientos fueron declarados infundados por la Corte.

Sin embargo, la ponente refutó: “La recusación se sustentó en meras apreciaciones subjetivas sobre lo que el promoverte percibe como presión mediática y en las manifestaciones realizadas en una conferencia matutina, que no resultan vinculantes al asunto ni contienen postura de la ministra”.

El 12 de marzo pasado, la extinta Segunda Sala declaró impedida a la ministra Lenia Batres para ser ponente y participar en la resolución del amparo 492/2023, debido a comentarios que realizó entre 2017 y 2024 en redes sociales criticando a Salinas Pliego y sus empresas, lo que, a juicio de los ministros, podía comprometer su objetividad en el caso.