Ciudad Victoria, Tamaulipas a 31 de octubre de 2025
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Deberá minera pagar 2 mil 868 millones de pesos, ordena la Corte

Por unanimidad, el pleno aprobó ayer el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, que revocó un acuerdo de febrero de la entonces presidenta Norma Piña Hernández, el cual había admitido el amparo directo en revisión

CIUDAD DE MÉXICO.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme la sentencia de un tribunal colegiado contra Primero Empresa Minera, filial de la canadiense First Majestic Silver Corp, que la obliga a pagar un crédito fiscal por 2 mil 868 millones 853 mil 516.57 pesos, a raíz del impuesto sobre la renta y del impuesto empresarial a tasa única, así como de su actualización, recargos y multas, correspondientes al ejercicio fiscal de 2012.

Por unanimidad, el pleno aprobó ayer el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, que revocó un acuerdo de febrero de la entonces presidenta Norma Piña Hernández, el cual había admitido el amparo directo en revisión 276/2025 promovido por la minera. El asunto fue desechado al resolver el recurso de reclamación 105/2025 presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Batres reveló que la minera había solicitado a la Corte aplazar la resolución del asunto, debido a que estaba en diálogo con las autoridades fiscales para llegar a un acuerdo sobre su deuda.

“En realidad, no observamos que exista ningún tipo de mecanismo alternativo de solución en la propia normativa y, por lo tanto, estamos incorporando ya en el proyecto que no ha lugar a decretar ningún aplazamiento y mantenemos este proyecto de resolución”, dijo.

La empresa alegó la inconstitucionalidad de artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del Código Fiscal de la Federación, por considerarlos inconstitucionales y violatorios de sus derechos, pero Hacienda argumentó que el caso carecía de relevancia constitucional. La Corte coincidió con la dependencia, al señalar que el sistema tributario permite desestimar los planteamientos y que los hechos invocados por la quejosa no ocurrieron, por lo que no existía un tema de excepcionalidad.

Batres añadió que la minera ya había promovido otros amparos sobre esos artículos, temas ya resueltos por la Corte, por lo que procedía revocar el acuerdo del 10 de febrero de 2025 que había admitido el amparo directo en revisión 726/2025.

El 23 de octubre, la SCJN multó con 70 UMA (casi 8 mil pesos) a Primero Empresa Minera por promover un recurso infundado de impedimento contra la ministra Yasmín Esquivel, con el fin de retrasar su juicio. Los ministros resaltaron el carácter ejemplar de la sanción para frenar “argucias procesales”.

“Es evidente que lo hacen con el fin de prolongar el conflicto…”, señaló la ministra María Estela Ríos.