Ciudad Victoria, Tamaulipas a 16 de octubre de 2025
cdtamaulipas.mx

Avalan diputados en lo particular el Código Fiscal Federal; se turna al Senado

La Cámara de Diputados aprobó esta madrugada en lo particular el Código Fiscal Federal que incluye modificaciones encaminadas a “combatir prácticas ilícitas, sancionar a las factureras y el uso indebido de sellos digitales”.

CIUDAD DE MÉXICO.

La Cámara de Diputados aprobó esta madrugada en lo particular el Código Fiscal Federal que incluye modificaciones encaminadas a “combatir prácticas ilícitas, sancionar a las factureras y el uso indebido de sellos digitales”.

Durante el debate de las reservas, los legisladores aprobaron dos cambios al dictamen, uno para aplazar al 1º de abril la obligación de las plataformas de permitir el acceso en línea y en tiempo real del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a sus sistemas o registros, para verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en lugar del 1º de enero como estaba en el dictamen.

También se suprimió la improcedencia del recurso de revocación por actos que el contribuyente manifieste desconocer.

El dictamen se aprobó con 335 votos de Morena y sus aliados y 122 en contra de la oposición y se enviará al Senado para su ratificación.

Al presentar el dictamen, el diputado Carol Antonio Altamirano (Morena) expuso que las modificaciones que con los ajustes se combate la comercialización ilegal de hidrocarburos.

En el documento se detalla que, para lograr este objetivo, se añaden supuestos de restricción temporal del certificado de Sello Digital (CSD), en los casos en los que los Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) no contienen el número de permiso vigente concedido por la Comisión Nacional de Energía o si se enajenan combustibles sin acreditar su importación o adquisición legal.

El legislador indicó que también, se “combate al uso indebido comprobantes fiscales que cuando no amparen operaciones efectivamente existentes o actos jurídicos reales, serán considerarán falsos”, para lo cual la autoridad podrá presentar querellas contra los contribuyentes que emitan esos falsos comprobantes; en tanto que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) podrá negar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a las personas morales cuando detecte que alguno de sus socios o representantes, participen en empresas vinculadas a la facturación falsa.

Además, se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, por medio medidas como el uso de billetes de depósito y cartas de crédito como garantía del interés fiscal, así como que las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza ya no tengan la obligación de presentar su declaración anual.

Como otro de los objetivos se encuentra el incrementar la eficacia de fiscalización, con la ampliación del plazo para realizar las notificaciones personales de tres a veinte días hábiles.

Su compañero de bancada Alfonso Ramírez Cuéllar llamó a la oposición a acompañar “la destrucción de toda una red criminal de políticos y empresarios, también de malhechores y de muchísima gente que finca sus fortunas a partir de estos dos grandes ilícitos”, esto luego que diputados del Partido Acción Nacional (PAN), del Revolucionario Institucional (PRI) y de Movimiento Ciudadano, aseveraron que las medidas podrían dejar en indefensión a inocentes, sujetos a una posible prisión preventiva oficiosa.

“Ustedes se quejan de que no se hace nada o se hace poco, pero cuando les presentamos una propuesta concreta que endurece la acción del Estado, que muestra mayor determinación del gobierno y que finca en procedimientos legales claros el combate a los delitos, hacen caso omiso, se salen por la tangente, hacen discursos de politiquería y se convierten en cómplices de los defraudadores del fisco en nuestro país”, remató Ramírez Cuéllar.

Momentos antes, el priísta Jericó Abramo Masso sostuvo que, con esta iniciativa, “declarar operaciones inexistentes sin audiencia previa, o sea, violentando el principio de la presunción de inocencia, convierte una resolución administrativa en un delito. El SAT, actuando bajo sospecha, puede realizar denuncias directamente ante el Ministerio Público”.

Advirtió que con la introducción de la figura de prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales en la Constitución y con la reciente modificación de la Ley de Amparo, “tendremos también inocentes que pueden ser denunciados, aprehendidos y encarcelados, y que mientras pueden desvirtuar su acusación ante el SAT, realizarán el proceso en la cárcel sin opciones de defensa jurídica pronta y expedita”.

Por su parte el PAN dijo que se trata de un “Código Fiscal espía”, ya que “permite la intromisión directa del Servicio de Administración Tributaria. Obliga a las plataformas digitales a dar acceso irrestricto a toda la información personal de compradores, de vendedores, de usuarios de las plataformas digitales. ¿Para qué? Para husmear en tu vida personal”.

Sin embargo, se suprimió del dictamen la propuesta del Ejecutivo para que el SAT y la Agencia de Transformación Digital, que buscaba también entrar a los datos personales y movimientos de los usuarios de las plataformas.