miércoles 23 de octubre de 2024, Ciudad Victoria, Tamaulipas

Morena define fechas de aspirantes a Alcaldes y Diputados

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas. El Comité Ejecutivo Nacional de Morena y la Comisión de Elecciones, abrió la convocatoria para que los aspirantes a cargos de elección en Alcaldías y Diputados Locales, inicien su registro entre el 20 al 22 de noviembre de este año. A nivel nacional las fechas para los aspirantes de Alcaldías, diputados locales…
Por Crónica Digital MX
noviembre 8, 2023

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.

El Comité Ejecutivo Nacional de Morena y la Comisión de Elecciones, abrió la convocatoria para que los aspirantes a cargos de elección en Alcaldías y Diputados Locales, inicien su registro entre el 20 al 22 de noviembre de este año.

A nivel nacional las fechas para los aspirantes de Alcaldías, diputados locales tanto de mayoría como de representación proporcional entre otros cargos, los registraron se harán entre el 20 y 28 de noviembre.

Dentro de la misma convocatoria, se prohíbe realizar acusaciones públicas contra el partido e integrantes de sus órganos de dirección.

Para el caso específico de Tamaulipas, los registros para Presidencias municipales iniciará el 20, continuará el 21 y cierra el 22 de noviembre de este año y en las mismas fechas para legisladores.

Quienes aspiren para las candidaturas de Síndico o Regidores, podrán hacerlo en esos mismos días ante el Comité Directivo Estatal de este partido.

La publicación de los registros aprobados que entrarán al proceso de encuestas, se dará a conocer el 21 de enero del 2024.

La convocatoria de morena fue difundida por el propio dirigente nacional de este partido, Mario Delegado y llamó a hombres, mujeres y cualquier otra expresión o identidad de género a presentar su solicitud ante la Comisión Nacional de Elecciones, a través de la página de internet: http://registro.morena.app

Se precisa que la Comisión Nacional de Elecciones revisará las solicitudes de inscripción, valorará y calificará los perfiles, con los elementos de decisión necesarios, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Estatuto de Morena y sólo dará a conocer las solicitudes de inscripción aprobadas, sin menoscabo que se notifique a cada uno de los solicitantes el resultado de la determinación de manera fundada y motivada, cuando así lo soliciten.

La Comisión Nacional de Elecciones de Morena publicará la relación de solicitudes de registro aprobadas de las y los aspirantes a las candidaturas establecidas el 21 de enero.

En la misma convocatoria, se establece la prohibición de realizar acusaciones públicas contra el partido, los integrantes de sus órganos de Dirección u otros aspirantes o protagonistas.

Además del uso de campañas dispendiosas y anuncios espectaculares de procedencia desconocida; uso de recursos públicos de cualquier naturaleza; intervención de servidores públicos en favor o en contra de participantes.

Sólo las personas firmantes de las solicitudes de inscripción aprobadas por la Comisión Nacional de Elecciones podrán participar en las siguientes etapas del proceso.

CONVOCATORIA DE MORENA PARA LAS ALCALDÍAS Y DIPUTACIONES EN TAMAULIPAS.

En la primera etapa, el proceso de registro será del 20 al 22 de noviembre. En ese tiempo, las y los aspirantes deben llenar los formatos a alcaldías, diputaciones locales y regidurías.

Para la segunda fase, la Comisión Nacional de Elecciones revisará las solicitudes de las y los aspirantes a estos dos cargos en el siguiente año y dará a conocer cuáles son válidas.

La declaración o ratificación de las candidaturas a Ayuntamientos y Diputaciones locales se dará a conocer el 20 de marzo.

Uno de los aspectos que resalta Morena en la convocatoria es que los aspirantes no deben haber sido condenados o sancionados mediante resolución judicial firme por violencia familiar y doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público que le inhabilite como candidatura.

Tampoco por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal que le inhabilite como candidato.
Tampoco haber sido condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarias y que no cuenten con registro vigente en algún padrón de deudores en los últimos tres años.

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