martes 22 de octubre de 2024, Ciudad Victoria, Tamaulipas

Revoca Tribunal sentencia que evitaba aprehensión a CDV

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas. Los Magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, tumbaron por unanimidad, la sentencia de amparo al ex gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, que había emitido un juez federal para suspender la orden de aprehensión en su contra, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.…
Por Crónica Digital MX
agosto 31, 2023

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.

Los Magistrados del Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, tumbaron por unanimidad, la sentencia de amparo al ex gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, que había emitido un juez federal para suspender la orden de aprehensión en su contra, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

El ex mandatario del PAN y quien se encuentra en el Estado de Texas, Estados Unidos, por versiones de los mismos funcionarios panistas en Tamaulipas, deberá continuar el litigio contra la orden de aprehensión.

Dentro de la determinación del Tribunal Federal, ordena entonces dejar sin efecto la sentencia de amparo que emitió el Juez Federal Faustino Gutiérrez Pérez, (en ese momento, juez Octavo de Distrito en la ciudad de Reynosa -hoy se encuentra en la ciudad de Matamoros-) para cancelar la orden de aprehensión que se giró en contra del ex mandatario el pasado 4 de octubre y que debía ejecutar la Fiscalía General de la República.

Cabe señalar que en febrero de este año, el juez federal Gutiérrez Pérez, había ordenado cancelar la orden de aprehensión contra el ex mandatario Cabeza de Vaca, al emitir la sentencia de amparo.

Ahora, se ordenó al Juzgado Octavo de Distrito en la ciudad de Reynosa, reponer el proceso, porque durante este, el juzgador (Faustino Gutiérrez Pérez) no emplazó al Agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o alteración de Moneda de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada de la FGR, quien tiene en sus manos la carpeta de Investigación y que solicitó la orden de captura.

De esta manera, se expresa, el Juzgado donde se interpuso el amparo, deberá señalar una nueva fecha para celebrar la audiencia institucional para escuchar los argumentos del AMPF para después emitir una nueva sentencia en el sentido que considere.

Se destaca que el Fiscal que impugnó el amparo, manifestó que el defensor del ex gobernador incurrió en la conducta delictiva prevista en el artículo 261, fracción I de la Ley de Amparo: Con el propósito de obtener una ventaja procesal indebida, en el demanda de amparo señaló, bajo protesta de decir verdad, que no existía tercero interesado”.

“A pesar de que dicho defensor era ampliamente sabedor que el señalado fiscal le revestía el carácter de tercero interesado, puesto que tenía intervención en la carpeta de investigación, de la cual derivó la orden de aprehensión reclamada. Por este motivo, el fiscal solicitó que se diera vista a la FGR para proceder penalmente”.

El Tribunal determinó que no, porque ni el ex gobernador de Tamaulipas ni su defensa sabían de la existencia de la carpeta de investigación ni de la orden de aprehensión, sino hasta que el caso se hizo público por una conferencia de prensa en la presidencia de la República.

“Se requería conocer el contenido de la orden de aprehensión a fin de tener certeza de quién fue el fiscal que solicitó la orden de captura; lo cual no conocían el quejoso y su defensor, según la demanda de amparo”, explican los magistrados federales en su acuerdo.

Sin embargo, el Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, señalan que en caso de que los fiscales consideren lo contrario, nada les impide realizar las investigaciones correspondientes.

En contraparte, la defensa del ex mandatario, expuso que la demanda de amparo contra la orden de aprehensión fue un hecho públicamente conocido, puesto a que se dio a conocer en los medios de comunicación a nivel nacional.

“Por ello se evidencia la falta del propio Ministerio Público que busca el reconocimiento del carácter de tercero interesado, quien decidió ser omiso y consentir el ejercicio de su derecho a recurrir las resoluciones del juez de Distrito, alegar causales de improcedencia y formular alegatos”, expuso en su momento la defensa jurídica de Cabeza de Vaca.

En Febrero de este año, uno de los jueces federales que ha otorgado la mayoría de los amparos al ex gobernador de Tamaulipas y ha varios de sus familiares y colaboradores, ordenó al juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con residencia en Almoloya de Juárez Estado de México, dejar sin efecto la orden de captura y pidió que se dictará una nueva resolución donde se establezca que:

“Que no existen datos que acrediten que se han cometido los hechos con paciencia de delitos de delincuencia organizada con la finalidad de cometer operaciones con recursos de procedencia ilícita, en la modalidad de recibir y transferir recursos, ni la probabilidad de que Francisco Javier García Cabeza de Vaca, los cometió participó en su comisión”.