miércoles 23 de octubre de 2024, Ciudad Victoria, Tamaulipas

Negligencia médica no será castigada por la vía penal

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas. Cualquier tipo de negligencia médica que se cometa en algún hospital, clínica, consultorio o donde se practica la medicina ya no será castigada penalmente y solo se podrá recurrir a la vía civil para poder actuar contra el o los presuntos responsables. Lo anterior, avanzó en las comisiones de Justicia y de…
Por Crónica Digital MX
noviembre 16, 2022

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.

Cualquier tipo de negligencia médica que se cometa en algún hospital, clínica, consultorio o donde se practica la medicina ya no será castigada penalmente y solo se podrá recurrir a la vía civil para poder actuar contra el o los presuntos responsables.

Lo anterior, avanzó en las comisiones de Justicia y de Salud en el Congreso del Estado donde los legisladores del PAN y Morena aprobaron por unanimidad una reforma al Código Penal y la Ley de Salud del Estado.

Ahora, cualquier conflicto que se presente en Tamaulipas, entre médicos y pacientes, las negligencias médicas sólo podrán ser perseguidas por la vía civil o administrativa, es decir, se va a descriminalizar los actos médicos.

Con el respaldo por unanimidad, el dictamen aprobado en Comisión puede tener el apoyo de la mayoría en el pleno del Congreso que, podría subir en los siguientes días en el orden del día.

Lidia Martínez López, integrante de la fracción del PAN, aseguró que para poder aprobar esta iniciativa que propuso la diputada Cassandra de los Santos, fue necesario consultar tanto al Poder Judicial del Estado como a la Fiscalía General de Justicia y contar con una opinión técnica.

Dijo que esta reforma le dará al personal de salud y particularmente a especialistas, médicos generales, enfermeras, la seguridad jurídica para desempeñar sus funciones.

“No se debe criminalizar la actividad de los médicos cuando realicen todo lo necesario para salvaguardar la integridad física de los pacientes”.

Quien promovió la iniciativa y Presidenta de la Comisión de Salud, la morenista Cassandra de los Santos, explicó que esta reforma solo es una adición al artículo 25 de la Ley de Salud en donde se establece que:

“Se exime de responsabilidad a los médicos cuando los establecimientos no cuenten con condiciones de equipamiento e instrumental indispensable”.

Pero además el personal técnico del sistema de justicia, hizo una adición al artículo 236 del Código Penal, para establecer que se castigará con pena de tres meses a dos años de prisión, y multa de 100 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a directores, encargados y administradores de centros médicos cuando se niegue el ingreso, atención y estabilización de cualquier persona en caso de urgencia.

La diputada de Morena, expuso que la Ley de Salud ya prevé esa hipótesis pero es necesario trasladarla también al código punitivo.

En la exposición de motivos de la iniciativa aprobada se señala que: “Con la presente acción legislativa, seremos referencia a nivel nacional y, sobre todo, precursores en llevar a cabo la despenalización del acto médico, produciendo con ello, efectos significativos para que todos estos actos se instruyan en el ámbito civil o administrativo, quitando la posibilidad de dirimir en un recinto penal las controversias” presumió.

“Es decir, todo conflicto derivado del acto médico dejaría de calificarse como “delito” y se tendría que disipar en otras instancias como la vía civil, donde solo se discutiría la reparación del daño económico y el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de ello” abunda.

Pero además, añadió que el médico no puede desear, ni realizar conductas encaminadas a lesionar al paciente, por lo cual no puede ser motivo de infracción ni sanción, el actuar de los profesionales, técnicos y auxiliares para la salud, siempre y cuando se demuestre que realizaron todo lo necesario e idóneo para salvaguardar la integridad física o la vida del paciente.

De esa manera, solamente podrá materializarse la negligencia cuando los médicos traten a pacientes que no sean propios de su especialidad, y cuando presten su servicio bajo la influencia de alguna sustancia adictiva como enervantes, bebidas alcohólicas y otras drogas delictivas y de abuso.

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