sábado 28 de septiembre de 2024, Ciudad Victoria, Tamaulipas

Comisión Instructora, proceso a contra reloj en desafuero

Por Arturo Rosas H. CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas. El reloj político y jurídico para lograr el desafuero de la diputada de Morena Úrsula Salazar Mojica, permitirá a la Comisión Instructora tener hasta 90 días para analizar, dar entrada al juicio y votar con las dos terceras partes de los diputados presentes en el pleno, el dictamen…
Por Crónica Digital MX
mayo 10, 2022

Por Arturo Rosas H.

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.

El reloj político y jurídico para lograr el desafuero de la diputada de Morena Úrsula Salazar Mojica, permitirá a la Comisión Instructora tener hasta 90 días para analizar, dar entrada al juicio y votar con las dos terceras partes de los diputados presentes en el pleno, el dictamen que se apruebe por los integrantes de esta comisión.

De acuerdo a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la constitución política del estado y la ley sobre la organización y funcionamiento internos del Congreso del Estado, el periodo de proceso legal así se otorga.

Sin embargo a partir de mañana, una vez que entre el oficio de solicitud de desafuero que está pidiendo la Fiscalía Anticorrupción, el Congreso en Tamaulipas tendrá 25 días, si considera que este proceso tenga un efecto antes de las elecciones de gobernador, sin pasar por alto que la ley les da hasta 90 días para hacerlo.

Para ello, los diputados de la Comisión Instructora que está integrada por cuatro diputados del PAN, dos de Morena y uno del PRI, deberán decidir sobre la petición de desafuero.

Cabe señalar que esta Comisión la integran el diputado Presidente Félix Fernando García Aguiar, Edmundo José Marón Manzur, Imelda Margarita Sanmiguel Sánchez y Luis René Cantú Galván.
De Morena la integran Humberto Armando Prieto Herrera y Juan Ovidio García García, mientras que del PRI aparece Ángel de Jesús Covarrubias Villaverde.

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos establece en el capítulo III , denominado de la declaración de procedencia de enjuiciamiento penal, en sus artículos 25, 26, 27 y 28, que la comisión instructora practicará todas las pruebas conducentes a establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad de la acusada.

Se menciona que una vez concluida esta etapa, determinará si ha lugar a proceder penalmente contra la legisladora o no.

El dictamen deberá ser emitido en un máximo de noventa días hábiles, salvo que fuese necesario disponer de más tiempo, a criterio del mismo órgano legislativo.

Félix Fernando García Aguiar, Presidente de la Junta de Coordinación Política en el Congreso, notificará de ello al Pleno, para que al día siguiente se instale en jurado de procedencia, con el propósito de emitir su resolución. De ello se deberá notificar al acusado, a su defensor y al denunciante.

Si el Congreso declara que ha lugar a proceder con el desafuero , la diputada quedará inmediatamente separada de su cargo, y estará sujeta a la jurisdicción del tribunal competente.

Sin embargo, si la resolución es que no procede el desafuero, la legisladora continuará gozando de inmunidad procesal, pero ello no impedirá que el proceso siga su curso para cuando concluya su encargo.

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