viernes 20 de septiembre de 2024, Ciudad Victoria, Tamaulipas

Robo de identidad se castigará con 7.5 años de cárcel

Por Arturo Rosas H. CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas. A partir de hoy el “robo de identidad” en Tamaulipas se castigará con 7.5 años de prisión y deberá pagar entre 34,752 pesos a 52,128 pesos de multa. De acuerdo al dictamen aprobado por el Congreso del Estado, esta figura delictiva se castigará de 1 a 5 años…
Por Crónica Digital MX
agosto 24, 2020

Por Arturo Rosas H.

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.

A partir de hoy el “robo de identidad” en Tamaulipas se castigará con 7.5 años de prisión y deberá pagar entre 34,752 pesos a 52,128 pesos de multa.

De acuerdo al dictamen aprobado por el Congreso del Estado, esta figura delictiva se castigará de 1 a 5 años de prisión pero aumentará en una mitad a quien se valga de la “homonimia, parecido físico o similitud de la voz para cometer el delito”.

Además, aplicará el aumento de la pena, en el supuesto en que el sujeto activo del delito tenga licenciatura, ingeniería o cualquier otro grado académico en el rubro de informática, computación o telemática.

Están exentos de responsabilidad penal quienes cuenten con una homonimia con fines artísticos o de reconocimiento público, o bien, quienes obtengan información con motivo del ejercicio periodístico, siempre y cuando se trate de personas de proyección pública.

Cabe señalar que el delito de “Usurpación de identidad” fue modificado por “Robo de identidad” en el Código Penal para el Estado de Tamaulipas y entrará en vigor una vez que sea aprobado y publicado en el Periódico Oficial del Estado.

La Diputada Martha Patricia Palacios Corral, destacó que los legisladores “estamos convencidos de que es indispensable establecer el andamiaje jurídico en la materia para salvaguardar el derecho a la identidad de las personas”.

El Robo de Identidad quedó dentro del artículo 263 Bis que señala: “Comete el delito de robo de identidad, quien por cualquier medio usurpe o suplante la identidad de una persona con fines ilícitos a través de medios electrónicos, informáticos, redes sociales o cualquier otro medio de comunicación, con el propósito de causar un daño patrimonial, moral, psicológico, ya sea para beneficio propio o de otra persona”.

Explicó que dentro de este artículo serán equiparables al delito de robo de identidad y se impondrán las penas establecidas en este artículo, a quien:
“Diseñe herramientas, tecnología digital o programas informáticos, que tenga como propósito atacar bases de datos públicos o privados, donde se resguarde información sobre identidad de personas”.
“Acceda ilegalmente a un sistema informático que contenga datos sobre la identidad de personas”.
Además quien obtenga de manera ilícita contraseñas o claves privadas para acceder a servicios en línea; mediante un dispositivo de lectura de datos, copie una tarjeta bancaria.