viernes 20 de septiembre de 2024, Ciudad Victoria, Tamaulipas

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los Tribunales de Enjuiciamiento Colegiados desaparecerán en Tamaulipas y con ello, los Juicios Penales deberán ser desarrollados solo por los Tribunales Unipersonales. La propuesta aparece en la iniciativa de Decreto que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial y será analizada en Comisiones. Ahora se propone que diga: “Los Tribunales de Enjuiciamiento actuarán de forma unitaria, ejerciendo funciones bajo los lineamientos contenidos en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la presente Ley y los establecidos por el Consejo de la Judicatura del Estado”. Se agrega que “los Jueces de Tribunal de Enjuiciamiento podrán actuar como Jueces de Control, cuando así se requiera por las necesidades del servicio y conforme al sistema de asignación que al efecto se implemente, atendiendo la previsión contenida en el artículo 20, apartado A, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. La propuesta fue presentada por la fracción del PAN durante la sesión ordinaria de este miércoles. En uno de los transitorios se señala que “Todos los procesos en trámite, en los cuales se ha emitido el auto de apertura de juicio por delito que deba atenderse por tribunal de enjuiciamiento colegiado, conforme a las reglas procesales que mediante el presente Decreto se reforman o adicionan, deberán continuar con tales reglas hasta su conclusión”. Uno de los argumentos, para hacer la reforma, es que es necesaria porque durante el periodo comprendido del 2017 al 2019, el número de juicios orales se incrementó en un 580 por ciento. En 2017 hubo 62 juicios orales; en 2018 sumaron 201 y en 2019 la cifra fue de 360. Todos ellos fueron atendidos por Tribunales de Enjuiciamiento integrados en forma colegiada. A ello hay que sumarle que los tribunales de enjuiciamiento no concluyen en una sola audiencia con el desahogo de los asuntos, por lo que se requiere llevar a cabo varias audiencias, lo que involucra la atención de tres Jueces en un mismo asunto. “También se debe tener en cuenta aquellos casos en los que, ya sea la Alzada (mediante apelación) o la autoridad federal (mediante amparo) revoca la resolución emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento, lo que trae como consecuencia que se integre un diverso tribunal de enjuiciamiento, desde luego, con jueces diversos a los que participaron en la emisión de la resolución revocada, lo que conlleva a que, en muchos de los casos, se deba llamar jueces de sedes distintas a la ciudad donde se desahogó el juicio para integrar un nuevo tribunal de enjuiciamiento; lo cual, representa un traslado constante de jueces de una ciudad a otra y el consecuente uso de mayores recursos financieros y materiales” indicó. Frente a esa situación, los legisladores panistas consideraron que contar con Tribunales de Enjuiciamiento Colegiados implica una considerable limitación futura en el ejercicio de los recursos del Poder Judicial, sobre todo porque la carga de trabajo está en constante crecimiento y ello podría generar el caso de que los Jueces no sean suficientes para la atención de los Juicios Orales.

Por Arturo Rosas H. CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas. Los Tribunales de Enjuiciamiento Colegiados desaparecerán en Tamaulipas y con ello, los Juicios Penales deberán ser desarrollados solo por los Tribunales Unipersonales. La propuesta aparece en la iniciativa de Decreto que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial y será analizada en Comisiones. Ahora se propone que diga:…
Por Crónica Digital MX
marzo 12, 2020

Por Arturo Rosas H.

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.

Los Tribunales de Enjuiciamiento Colegiados desaparecerán en Tamaulipas y con ello, los Juicios Penales deberán ser desarrollados solo por los Tribunales Unipersonales.

La propuesta aparece en la iniciativa de Decreto que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial y será analizada en Comisiones.

Ahora se propone que diga: “Los Tribunales de Enjuiciamiento actuarán de forma unitaria, ejerciendo funciones bajo los lineamientos contenidos en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la presente Ley y los establecidos por el Consejo de la Judicatura del Estado”.

Se agrega que “los Jueces de Tribunal de Enjuiciamiento podrán actuar como Jueces de Control, cuando así se requiera por las necesidades del servicio y conforme al sistema de asignación que al efecto se implemente, atendiendo la previsión contenida en el artículo 20, apartado A, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

La propuesta fue presentada por la fracción del PAN durante la sesión ordinaria de este miércoles.

En uno de los transitorios se señala que “Todos los procesos en trámite, en los cuales se ha emitido el auto de apertura de juicio por delito que deba atenderse por tribunal de enjuiciamiento colegiado, conforme a las reglas procesales que mediante el presente Decreto se reforman o adicionan, deberán continuar con tales reglas hasta su conclusión”.

Uno de los argumentos, para hacer la reforma, es que es necesaria porque durante el periodo comprendido del 2017 al 2019, el número de juicios orales se incrementó en un 580 por ciento.

En 2017 hubo 62 juicios orales; en 2018 sumaron 201 y en 2019 la cifra fue de 360. Todos ellos fueron atendidos por Tribunales de Enjuiciamiento integrados en forma colegiada.
A ello hay que sumarle que los tribunales de enjuiciamiento no concluyen en una sola audiencia con el desahogo de los asuntos, por lo que se requiere llevar a cabo varias audiencias, lo que involucra la atención de tres Jueces en un mismo asunto.

“También se debe tener en cuenta aquellos casos en los que, ya sea la Alzada (mediante apelación) o la autoridad federal (mediante amparo) revoca la resolución emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento, lo que trae como consecuencia que se integre un diverso tribunal de enjuiciamiento, desde luego, con jueces diversos a los que participaron en la emisión de la resolución revocada, lo que conlleva a que, en muchos de los casos, se deba llamar jueces de sedes distintas a la ciudad donde se desahogó el juicio para integrar un nuevo tribunal de enjuiciamiento; lo cual, representa un traslado constante de jueces de una ciudad a otra y el consecuente uso de mayores recursos financieros y materiales” indicó.

Frente a esa situación, los legisladores panistas consideraron que contar con Tribunales de Enjuiciamiento Colegiados implica una considerable limitación futura en el ejercicio de los recursos del Poder Judicial, sobre todo porque la carga de trabajo está en constante crecimiento y ello podría generar el caso de que los Jueces no sean suficientes para la atención de los Juicios Orales.