viernes 20 de septiembre de 2024, Ciudad Victoria, Tamaulipas

Sancionarán con penas de hasta cuatro años a quien cometa el delito de cobranza extrajudicial ilegal

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas. La Diputación Permanente del Congreso, busca establecer como delito, la cobranza extrajudicial ilegal, con una sanción de uno a cuatro años de prisión, además, propone se implementen programas de descuentos de hasta un 50 por ciento, en pagos de expedición de licencia de conducir y carta de no antecedentes penales, como una…
Por Crónica Digital MX
agosto 30, 2018

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.

La Diputación Permanente del Congreso, busca establecer como delito, la cobranza extrajudicial ilegal, con una sanción de uno a cuatro años de prisión, además, propone se implementen programas de descuentos de hasta un 50 por ciento, en pagos de expedición de licencia de conducir y carta de no antecedentes penales, como una medida de apoyo a la economía de las familias tamaulipecas.

En la sesión de este miércoles, la Diputada Ana Lidia Luévano de los Santos, presentó reformas al Código Penal para el Estado, ya que quienes desarrollan actividades de cobranza extrajudicial, en ocasiones recurren a mecanismos fuera del procedimiento legal, para generar presión en contra de las personas deudoras, situación que requiere ser regulada.

[otw_shortcode_quote css_class=”croja”]El hecho de que algunos despachos de cobranza e instituciones, hagan esto y su conducta quede sin sancionarse, es preocupante, pues independientemente que la persona tenga una deuda pendiente, no implica que el pago deba ser obtenido de una manera ilegal y menos que las personas o despachos se eximan de irresponsabilidad al no respetar lo que establece la ley respecto al procedimiento de cobro”, señaló.[/otw_shortcode_quote]

Dijo que, a fin de evitar que la implementación de este delito sea utilizado de manera errónea por los deudores, no se considerará como cobranza extrajudicial ilegal, el informar las consecuencias posibles y jurídicamente validas del impacto o la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, aval obligado solidario o terceros relacionados, cuando estas sean jurídicamente posibles.

Luévano de los Santos, explicó que al responsable de este ilícito, se le sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de 50 a 150 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), si utiliza además documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán una mitad, entre otros.

[otw_shortcode_quote css_class=”croja”]Al tener este delito características que causan un agravio totalmente personal, se consideró establecer que este sea perseguible a petición de la parte ofendida”, agregó la legisladora local.[/otw_shortcode_quote]

En su intervención, la Diputada Teresa Aguilar Gutiérrez, resaltó que “Este delito, ya se encuentra tipificado en el Código Federal Penal. El objeto no es proteger a quienes incumplen el pago de las deudas adquiridas, sino exhortar a los que se dedican a la cobranza para que su actuación se apegue a las leyes respectivas y respete los derechos de la ciudadanía”, añadió